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Calculadora de prestaciones laborales de Guatemala

Indemnización, aguinaldo, bono 14 y vacaciones, con la base legal de cada número y la bonificación incentivo tratada como manda el decreto. Nada se envía a ningún lado: el cálculo ocurre en tu navegador.

Sin la bonificación incentivo. Los Q250 del Decreto 37-2001 no entran en la base de indemnización ni de aguinaldo. Si los sumas aquí, el resultado sale inflado.

El cálculo se hace en tu navegador. No se guarda ni se envía nada.

Resultado

Tiempo de servicio

Llena las fechas y el salario y presiona Calcular. Verás cada prestación por separado, con los días que la sustentan, para que puedas contrastar el número con tu propia planilla.

Cómo se calcula

De dónde sale cada número

Indemnización

Un mes de salario por cada año de servicio continuo, proporcional a los meses cuando no es un año exacto. La base es el promedio de los salarios ordinarios de los últimos seis meses. Es el artículo 82 del Código de Trabajo, y aplica cuando el contrato termina sin causa imputable al trabajador.

Aguinaldo

Un mes de salario por año, y proporcional si se trabajó menos. El período no es el año calendario: corre del 1 de diciembre al 30 de noviembre. Lo manda el Decreto 76-78.

Bono 14

Otro mes de salario por año, con período propio: del 1 de julio al 30 de junio. Es el Decreto 42-92, y por eso quien sale en marzo lleva acumulados nueve meses de bono 14 y solo cuatro de aguinaldo.

Vacaciones

Quince días hábiles por cada año cumplido, según el artículo 130. En la liquidación se pagan las acumuladas que no se gozaron, valuadas al salario diario.

Lo que suele salir mal

Los tres errores que inflan o desinflan una liquidación

Meter los Q250 en la base

La bonificación incentivo del Decreto 37-2001 se paga junto al salario, pero el propio decreto la excluye del cálculo de indemnización y de aguinaldo. Sumarla a la base sobre un sueldo de Q3,000 infla la liquidación cerca de un 8%, y es el error más repetido.

Usar el año calendario

Aguinaldo y bono 14 tienen períodos propios que no empiezan en enero. Calcular ambos desde el 1 de enero da mal los dos números en cualquier salida que no sea de fin de año.

Dar por hecho el 30%

Las ventajas económicas del artículo 90 se estiman en un 30% cuando existen. Aplicarlas por defecto a un puesto que no las tiene sube la indemnización casi un tercio sobre lo que corresponde.

Preguntas

Lo que nos preguntan de esta calculadora

¿Sirve si renuncié en vez de que me despidieran?

El aguinaldo, el bono 14 y las vacaciones se pagan igual: son prestaciones acumuladas, no dependen de quién terminó la relación. La indemnización del artículo 82 corresponde cuando el contrato termina sin causa imputable al trabajador, así que en una renuncia simple normalmente no aplica. Si ese es tu caso, mira el total sin la línea de indemnización.

¿Y si mi salario cambió en el último año?

Esta calculadora asume salario fijo. La base legal de la indemnización es el promedio de los últimos seis meses, así que con un salario que subió hace poco el resultado real será algo menor que el que ves aquí. Para ese caso conviene promediar a mano los seis meses y usar ese número.

¿Se descuenta IGSS o ISR de estos montos?

La indemnización no está afecta a IGSS. El aguinaldo y el bono 14 tienen tratamiento propio y hay topes exentos de ISR. La calculadora entrega montos brutos de prestaciones, que es lo que se compara contra un finiquito.

¿Guardan lo que escribo?

No. El cálculo corre entero en tu navegador y no viaja a ningún servidor. Puedes comprobarlo desconectando el internet después de cargar la página: sigue funcionando.

Si estos cálculos los hacen a mano cada mes

Una planilla que se arma en hojas de cálculo se equivoca en las fechas de período, y cada error cuesta reclamos. Cuéntanos cómo la llevan hoy y te decimos si vale la pena automatizarla.

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